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Amantes no podrán reclamar pensión

Staff El Piñero

 

 

En Tabasco la mujer tiene derecho a la pensión alimenticia sólo cuando exista un divorcio necesario

Tabasco.- La infidelidad en Tabasco no saldrá cara. Los varones que tengan una ” aventurilla” con alguna mujer no están obligados a pagarle pensión o alimentos aunque tengan hijos, es decir la fémina no podrá reclamar pensión para ella y tampoco ninguna clase de indemnización.

 

El abogado y ex magistrado del Tribunal Superior de Justicia Marcial Bautista Gómez, explicó que ” el veto a amantes a pensión compensatorias se aplica en Tabasco desde el pasado 24 de febrero, fecha en que entró en vigor la contradicción emitida por Magistrados del Pleno de Circuito en Materia Civil de la Ciudad de México y de acuerdo al artículo 217 de la ley de amparo, “esta norma jurídica es aplicable en todo el país, en donde Tabasco no queda afuera del alcance legal”, indicó.

 

Explicó que ésta determinación no significa que los hijos procreados en relaciones no estables, no tengan derecho al pago de alimentos, pues esto es una obligación irrenunciable.

 

Hay que mencionar que en Tabasco la mujer tiene derecho a la pensión alimenticia sólo cuando exista un divorcio necesario, según el artículo 285 del Código Civil, pueden reclamar el derecho cuando pruebe que ” se haya dedicado al cuidado de los hijos”.

con información de http://www.tabascohoy.com/nota/372471/amantes-no-podran-reclamar-pension

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