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Aprueban ingresos por 6 billones 103 mil mdp para 2020; Estados recibirían 3 mil mdp adicionales; y autorizan a AMLO contraer deuda hasta por 5 mil 300 mdd

El Piñero

Jaime GUERRERO

 La Cámara de Diputados aprobó, en lo general y en lo particular, el dictamen a la Iniciativa de la Ley de Ingresos de la Federación (ILIF) para el ejercicio fiscal 2020, con la que se pretende captar 6 billones 103 mil 317.4 millones de pesos.

Destaca que para el próximo ejercicio fiscal las entidades y municipios podrán recibir el 100 por ciento del impuesto causado por la enajenación de bienes y muebles de parte de personas físicas. Las entidades y municipios -entre ellas Oaxaca- podrían recibir 3 mil millones de pesos.

El documento, remitido al Senado de la República para sus efectos constitucionales, prevé recursos adicionales por seis mil 981.6 millones, a la propuesta presentada por el Ejecutivo federal, el pasado 8 de septiembre que fue de 6 billones 96 mil 335.8 millones de pesos.

En lo general, el dictamen de la Comisión de Hacienda y Crédito Público fue aprobado por 258 votos a favor, 104 en contra y dos abstenciones.

El Secretario de la Comisión de Hacienda, Carol Antonio Altamirano, propuso adicionar un articulo transitorio a la ley de ISR para que las entidades y municipios, en el próximo ejercicio fiscal, reciban el 100 por ciento del impuesto causado por la enajenación de bienes y muebles de parte de personas físicas.

Además, aseguró que combate a las malas prácticas al momento de valuar las propiedades y calcular las contribuciones asociadas a su venta.

“Una de las bondades adicionales es con que con la adición van a mejorar las finanzas locales y debe destacarse que el 20% de los montos que reciban los gobiernos de las entidades federativas se trasladarán a los municipios”, apuntó.

Por lo anterior, considerando la difícil situación que viven los gobiernos locales, es un aliciente para las finanzas de los estados y los municipios, destacó Antonio Altamirano.

En tanto, se aprobó otorgar un estímulo fiscal a las personas físicas y morales residentes en México que enajenen libros, periódicos y revistas, cuyos los ingresos totales en el ejercicio inmediato anterior no hubieran excedido de la cantidad de seis millones de pesos, y que dichos ingresos obtenidos en el ejercicio por la enajenación de estos productos representen al menos el 90 por ciento de los ingresos totales del contribuyente en el ejercicio de que se trate.

El estímulo a que se refiere consiste en una reducción adicional para los efectos del Impuesto Sobre la Renta, por un monto equivalente al ocho por ciento del costo de los libros, periódicos y revistas que adquiera el contribuyente.

Por lo que incentivar a este sector, a través de un régimen fiscal les permita abrir más espacios, porque en la actualidad en el país hay mil 204 librerías; de estas, el 34 por ciento se localizan en la Ciudad de México y el resto en los grandes centros urbanos, por lo que se debe promover su expansión.

Se otorgará un estímulo fiscal a los contribuyentes que se dediquen exclusivamente al transporte terrestre público y privado, de carga o pasaje, así como el turístico, que utilizan la Red Nacional de Autopistas de Cuota, que obtengan en el ejercicio fiscal en el que hagan uso de la infraestructura carretera de cuota, ingresos totales anuales para los efectos del Impuesto Sobre la Renta menores a 300 millones de pesos.

Se incorpora la atención de desastres naturales en el Artículo Séptimo Transitorio. Dicho precepto establece que las entidades federativas y municipios que cuenten con disponibilidad de recursos federales, destinados a un fin específico previsto en ley, en reglas de operación, convenios o instrumentos jurídicos correspondientes a ejercicios fiscales anteriores a 2020 que no hayan sido devengados y pagados en términos de las disposiciones jurídicas aplicables, deberán enterarlos a la Tesorería de la Federación, incluyendo los rendimientos financieros que hubieran generado.

Los recursos correspondientes a los aprovechamientos que se obtengan, se destinarán por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público en términos de las disposiciones jurídicas aplicables para apoyar a las entidades federativas que presenten desequilibrio financiero que imposibilite el pago de sus compromisos de corto plazo o en su caso, y sujeto a la disponibilidad presupuestaria, para mejorar la infraestructura de las mismas, así como la atención de desastres naturales.

La Asamblea también aceptó la reserva presentada por el diputado Irineo Molina Espinoza (Morena), al artículo décimo cuarto transitorio, párrafo segundo, para que la Comisión Federal de Electricidad convenga con municipios la condonación de hasta el 50 por ciento del adeudo y que el resto sea cubierto por parcialidades.

En caso de incumplimiento, los convenios permitirán que la CFE pueda solicitar a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público la compensación parcial a cargo de las partidas federales que le correspondan a las entidades federativas.

Así mismo, el Ejecutivo federal presentó al Congreso de la Unión una iniciativa que considera ingresos presupuestarios por 6 billones 96 mil 335.8 millones de pesos. Con una estimación de crecimiento económico en el rango de 1.5 a 2.5 por ciento del Producto Interno Bruto (PIB), un tipo de cambio nominal de 20 pesos por dólar y un precio de barril de petróleo de 49 dólares.

Se estableció modificar estímulos fiscales referidos en el artículo 16, apartado A de la Ley de Ingresos de la Federación, fracciones 1 y 3, relativos a diésel y biodiésel que utilizan las empresas en maquinarias, así como el estímulo de 50 por ciento del pago de cuotas de peaje pagadas en la red nacional de autopistas, aplicable al transporte de carga, turístico y de pasajeros, para que únicamente apliquen a empresas con ingresos brutos totales anuales menores a 60 millones de pesos.

Argumentó que esto devuelve a los estímulos su sentido original de promover la formalidad entre las empresas de menor tamaño y vuelve más equitativa la estructura tributaria. Esta modificación estima ingresos adicionales netos de alrededor de 6 mil 396.6 millones de pesos.

Autoriza al Ejecutivo federal para contraer un monto de endeudamiento neto interno por el orden de 532 mil millones de pesos y un endeudamiento externo neto de cinco mil 300 millones de dólares.

El monto de endeudamiento de la Ciudad de México aprobado fue de cuatro mil millones de pesos para el financiamiento contemplado en el Presupuesto de Egresos de la Ciudad de México para el Ejercicio de 2020.

Por otro lado, el proyecto planea también la obligación del Ejecutivo federal para que entregue a más tardar el 30 de junio de 2020, el presupuesto de gastos fiscales a las comisiones de Hacienda y Crédito Público y de Presupuesto y Cuenta Pública, así como al Centro de Estudios de las Finanzas Públicas.

Se mantiene la obligación de que la Secretaría de Hacienda y Crédito Público reporte en los informes trimestrales datos sobre los ingresos excedentes que en su caso se hayan generado respecto del calendario derivado de la Ley de Ingresos de la Federación presentando la comparación de los ingresos propios de las entidades.

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