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Arranca veda electoral por revocación de mandato de AMLO

El Piñero

Jaime GUERRERO | El Piñero

Éste viernes inició la veda electoral respecto a la consulta de revocación de mandato a la que solicitó someterse el Presidente, Andrés Manuel López Obrador, a través del Partido Movimiento de Regeneración Nacional (Morena).

La veda finalizará el próximo 10 de abril, día que se llevará a cabo la consulta de revocación de mandato, a cargo del Instituto Nacional Electoral (INE).

Entrada en vigor la veda, implica que los actos de campaña y proselitismo electoral estarán prohibidos para servidores del poder ejecutivo, legislativo y judicial.

De acuerdo con la Ley Federal de Revocación de Mandato en su artículo 33 ubicado en el tercer capítulo, “durante el tiempo que comprende el proceso de revocación de mandato, desde la emisión de la Convocatoria y hasta la conclusión de la jornada de votación, deberá suspenderse la difusión en los medios de comunicación de toda propaganda gubernamental de cualquier orden de gobierno”.

Como excepción, sí será posible difundir campañas informativas de educación y salud, así como las necesarias para la protección civil. Los poderes públicos, órganos autónomos, dependencias y entidades de la administración pública y cualquier otro ente de los tres órdenes de gobierno están obligados a cumplir con la veda electoral.

Dicho procedimiento complementa que el uso de recursos públicos para la promoción y propaganda relacionados con el proceso, así como la contratación de propaganda para influir en la opinión de la ciudadanía están prohibidos.

Ante ello, el Gobierno Federal ha optado por adelantar beneficios de programas sociales como pagos de pensiones y becas, así como las Tiendas del Bienestar.

De acuerdo con el INE, durante la veda electoral están prohibidos los actos de campaña y proselitismo electoral.

Todo tipo de propaganda electoral a favor o en contra de la Revocación de Mandato.

Propaganda gubernamental, a excepción de campañas de salud, educación y protección civil.

La propaganda deberá observar las reglas siguientes:

Deberá tener carácter institucional y abstenerse de incluir frases, imágenes, voces o símbolos que pueda incidir de manera positiva o negativa en el resultado de la Jornada de votación, o bien elementos de propaganda personalizada de algún servidor público

No podrá difundir logros de gobierno, obra pública, ni emitir información dirigida a justificar o convencer a la población de la pertinencia o logros de una administración en los diversos niveles de gobierno.

Su contenido se limitará a identificar el nombre de la institución de que se trata sin hacer alusión a cualquiera de las frases, imágenes, voces o símbolos que pudieran pueda incidir de manera positiva o negativa en el resultado de la Jornada de votación.

La propaganda podrá incluir el nombre de la dependencia y su escudo oficial como medio identificativo, siempre y cuando éstos no se relacionen de manera directa con la gestión de algún gobierno o administración federal o local.

La propaganda no podrá contener logotipos, slogans o cualquier otro tipo de referencias al gobierno federal o a algún otro gobierno o administración, o a sus campañas institucionales, ni incluir elementos de propaganda personalizada de servidor público alguno.

La propaganda exceptuada mediante dicho acuerdo, en todo momento, deberá tener fines informativos sobre la prestación de un servicio, alguna campaña de educación o de orientación social, por lo que no está permitida la exaltación, promoción o justificación de algún programa o logro obtenido en los gobiernos local o federal o de alguna administración específica.

Según la Ley Federal de Revocación de Mandato, tambié esta prohibida la publicación de encuestas, durante los tres días naturales anteriores a la jornada de revocación de mandato y hasta el cierre oficial de las casillas que se encuentren en las zonas de husos horarios más occidentales del territorio nacional.

De la misma forma, queda prohibida la publicación o difusión de encuestas, total o parcial, que tengan por objeto dar a conocer las preferencias de las y los ciudadanos o cualquier otro acto de difusión.

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