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Congreso autoriza a 570 municipios a contratar deuda pública conjunta por 8 mil 339.7 mdp para obras

Staff El Piñero

Jaime GUERRERO

Con 34 votos a favor de Morena, PT, PVEM, Fuerza Por México y hasta los diputados de la oposición del PRI y MC, el pleno del Congreso, autorizó a los 570 Municipios de Oaxaca, a contratar con cualquier institución bancaria del país deuda pública por un monto conjunto de 8 mil 339 millones 779 mil 51 pesos para proyectos de infraestructura.

La propuesta fue del Gobernador, Salomón Jara Cruz, para que los 570 municipios, puedan contratar uno o varios financiamientos, afectando como fuente de pago del o los financiamientos que contraten, hasta el 25% del derecho a recibir y los importes líquidos que anual e individualmente les correspondan del Fondo de Aportaciones para la Infraestructura Social Municipal y de las Demarcaciones Territoriales del Distrito Federal (el “FAIS Municipal”).

El dictamen contó con el voto a favor de la diputada de Movimiento Ciudadano, Alejandra García Morlán y del diputado del PRI, Javier Cacique Zarate, quienes está vez no objetaron el destino y uso de esos potenciales recursos.

La contratación de deuda pública, podrá realizarse por conducto de funcionarios o representantes legales facultados qué gestionen y contraten de manera individual con cualquier institución integrante del sistema financiero mexicano, uno o varios financiamientos, a tasa fija, hasta por el monto que para cada Municipio se indica en un tabla para el destino, plazos, términos, condiciones y con las características que se autorizan.
 
Asimismo, se hizo un análisis de la capacidad de pago de cada uno de los Municipios, del destino que darán a los recursos que obtengan con motivo de la disposición del o de los financiamientos que contraten, en términos de lo que dispone la Ley de Coordinación Fiscal.

Cada Municipio podrá contratar el o los financiamientos autorizados, en el transcurso de los ejercicios fiscales 2025 y 2026 inclusive, y deberán pagarlos en su totalidad en un plazo que no exceda el periodo constitucional de la administración municipal que lo contrate; esto es:
 
A más tardar el 30 de noviembre de 2027, para el caso de Municipios que se rigen por el Sistema de Partidos Políticos, y a más tardar el 30 de noviembre de 2028, para los Municipios que se rigen por Sistemas Normativos Internos, cuya administración municipal inicia a partir del 1 de enero de 2026.
 
Cada contrato que al efecto se celebre, deberá precisar el plazo máximo en días y la fecha específica de vencimiento para el financiamiento.

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