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Congreso de Oaxaca declara vacante diputación que no asumió legislador del PRI y convoca a elección extraordinaria; sigue recluido

El Piñero

Jaime GUERRERO | El Piñero

Con 28 votos a favor, la LXV Legislatura, aprobó el decreto por el cual declaró vacante el puesto de diputado propietario y suplente por el distrito I con cabecera en Acatlán de Pérez Figueroa, debido a que el legislador electo por el PRI, Gustavo Díaz Sánchez, sigue recluido en un penal de Michoacán, procesado por el presunto delito de ultrajes a las autoridades, portación de arma de fuego de uso exclusivo del ejército y posesión de estupefacientes.

Vencido el plazo establecido por el artículo 47 constitucional para que el legislador electo por el PRI, se presentará a rendir protesta al cargo, los diputados de Morena, PT, PAN y PUP, también autorizaron al Instituto Estatal Electoral y de Participación Ciudadana de Oaxaca (IEEPCO), para que convoque a la elección extraordinaria en ese distrito vacante.

El pasado viernes 26 de noviembre, venció el plazo del polémico legislador del PRI que fue electo por el distrito I, sin embargo, fue detenido el pasado 4 de noviembre por los delitos de ultrajes a la autoridad, daños y delitos contra la salud.

Se le impuso prisión preventiva y fue recluido en el Centro de Readaptación Social número 17, ubicado en Michoacán, posteriormente la Fiscalía General del Estado de Oaxaca, liberó 2 órdenes de aprehensión por el presunto delito de homicidio.

En medio del proceso penal que enfrenta Díaz Sánchez, recluido en un penal de máxima seguridad en Michoacán, presentó un oficio a la Presidenta de la Mesa Directiva, Mariana Benítez Tiburcio, para rendir protesta al cargo desde ese centro penitenciario federal, a través de video conferencia.

La petición fue archivada e ignorada por la Junta de Coordinación Política y en consecuencia por la Mesa Directiva.

Éste miércoles, la Presidenta de la Mesa Directiva, Mariana Benítez Tiburcio, sometió al pleno del Congreso, el acuerdo de la celebración de elección extraordinaria en el Distrito I de Acatlán de Pérez Figueroa, tras declararse vacante la diputación que fallidamente pretendía asumir, Díaz Sánchez.

El artículo 36 constitucional, establece que ningún ciudadano podrá rehusarse a desempeñar el cargo de Diputado, si no es por causa justa calificada por la Legislatura, ante la cual se presentará la excusa.

El artículo 41, establece que los diputados electos que cuenten con su constancia de mayoría y validez expedida por el Instituto Estatal Electoral o resolución a su favor del Tribunal Estatal Electoral, concurrirán a la instalación de la Legislatura del Estado de conformidad con lo dispuesto en el artículo 47 de esta Constitución y la Ley Orgánica del propio Congreso.

Para tal efecto, deberán presentar dentro de los días 7 a 9 de noviembre del año de la elección, ante el Oficial Mayor del Congreso del Estado, la constancia o resolución de referencia para su registro, toma de razón y entrega de la credencial de acceso a la sesión de instalación y toma de protesta, que tendrá verificativo el día 13 de noviembre del año de la elección, en cuya fecha se hará la elección de los integrantes de la Mesa Directiva en los términos de la Ley Orgánica del Poder Legislativo y su Reglamento, empezando a fungir a partir del día 15 de Noviembre.

Y es el artículo 47 constitucional, el que establece que la Legislatura no podrá abrir sus sesiones ni ejercer su cometido, sin la concurrencia de más de la mitad del número total de sus miembros; pero los presentes, deberán reunirse el día señalado por la ley y compeler a los ausentes propietarios y suplentes a que concurran dentro de un plazo que no excederá de diez días, apercibiendo a los propietarios de que si no lo hacen, se entenderá no aceptado el cargo; y si tampoco asistieren los suplentes, se declarará vacante el puesto y se convocará a nuevas elecciones.

Cabe recordar que Díaz Sánchez, ha difundido posicionamientos en los que apela a sus derechos humanos, políticos electorales, así como al principio del Derecho Procesal Penal de presunción de inocencia.

Argumentó que, de acuerdo al marco normativo nacional y tres casos específicos resueltos por la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, que de no haber sentencia condenatoria, subsisten las prerrogativas electorales y derechos ciudadanos.

“Me presento ante esta honorable legislatura para efecto de que se me tomé protesta al cargo como diputado del que fui electo democráticamente, por las vías electrónicas de video comunicación existentes, en especial por video conferencia en la plataforma digital Zoom, por ser el método idóneo acordado previamente por la legislatura para tales efectos”, expuso en un documento.

Díaz Sánchez, pretendía rendir protesta al cargo desde la plataforma Zoom.

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