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Congreso de Oaxaca violó constitución y no consultó a pueblos indígenas: SCJN; invalida ley que crea Universidad Comunal

El Piñero

Jaime GUERRERO | El Piñero

Por violaciones a la Constitución en la que incurrió el Congreso de Oaxaca, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), invalidó el decreto número 1201 aprobado por la LXIV Legislatur, por el que se expidió la Ley Orgánica de la Universidad Autónoma Comunal de Oaxaca, publicado en el Periódico Oficial el pasado 20 de abril de 2020.

El ministro ponente, Alberto Pérez Dayán, argumentó que esa institución de educación superior fue creada con el propósito de atender las necesidades de educación superior de los pueblos originarios, sin embargo, no se les consultó para aprobar el marco legal que la constituyó, con lo cual no cumplió con el requisito de consulta previa entre las comunidades indígenas.

La Acción de inconstitucionalidad 180/2020, fue promovida por la Comisión Nacional de los Derechos Humanos, cuyo órgano autónomo, demandando la invalidez de la Ley Orgánica de la Universidad Autónoma Comunal de Oaxaca, aprobada por la saliente LXIV Legislatura.

La SCJN determinó que los preceptos invalidados incidían directamente en los intereses de los pueblos y comunidades indígenas de Oaxaca, en virtud de que se trata de una institución estatal destinada a la atención de las necesidades de educación superior de estas comunidades.

Por tanto, existía la obligación de consultar a dichos grupos de manera previa a la expedición de la ley, de conformidad con los artículos 2° de la Constitución General y 6 del Convenio 169 de la OIT, lo cual no fue llevado a cabo.

De acuerdo la sentencia, dada la relevancia de esa universidad pública y que atiende también a estudiantes que no forman parte de pueblos indígenas, la SCJN determinó que la invalidez decretada surtirá efectos 18 meses después de que se notifiquen los puntos resolutivos al Congreso de Oaxaca.

También, determinó que el Poder Legislativo de Oaxaca tiene año y medio para desarrollar las consultas correspondientes, cumpliendo con los parámetros establecidos por la SCJN en la sentencia y, con base en los resultados de las consultas, emitir la regulación que corresponda.

Esto permitirá a la institución seguir laborando, mientras se corrigen las violaciones constitucionales a la legislación que le dio origen.

La creación

Fue el pasado 19 de enero cuando la LXIV Legislatura Local aprobó la Ley Orgánica que da vida a la Universidad Autónoma Comunal de Oaxaca, a propuesta de la bancada de Morena.

Dicha ley plantea la creación de 15 centros universitarios en la entidad oaxaqueña, los cuales desarrollarán actividades de investigación, proyectos comunitarios y científicos, que atiendan principalmente los problemas de la comunidad.

Se estableció que impartirá una educación plurilingüe e intercultural basada en el respeto, promoción y preservación del patrimonio histórico y cultural de los pueblos originarios y comunidades indígenas de Oaxaca.

El dictamen fue emitido por las Comisiones Unidas de Educación, Ciencia, Tecnología e Innovación y de Presupuesto y Programación que encabeza la diputada de Morena, Juana Aguilar Espinoza.

El dictamen presumía que la operación  de  dicha institución educativa se fundará en el tequio como base de  su funcionamiento, por lo que no resultará una carga presupuestal para el Estado.

No obstante, el dictamen impulsado por la bancada de Morena, establece que la Universidad Comunal Autónoma de Oaxaca entraría en funcionamiento a partir del decreto emitido por el Legislativo, por lo que el titular del Poder Ejecutivo, a través de la Secretaría de Finanzas del Gobierno del Estado, dispondría de los recursos necesarios para la operación de la universidad.

Una vez emitida la ley, la Comisión Permanente de Educación, Ciencia y Tecnología, emitiría la convocatoria para la elección única del Consejo Fundador, cuyos cargos serán honoríficos y su única función será la elección y nombramiento del Rector y los miembros del Consejo Académico.

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