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Desestiman intromisión de partidos en selección de consejeras locales del INE-Oaxaca; no serán empleados, son cargos ciudadanos

El Piñero

Jaime GUERRERO

El Instituto Nacional Electoral (INE) emitió la convocatoria para la designación de 2 consejeras ciudadanas del órgano electoral federal en Oaxaca, para las elecciones del 2021 y 2024 respectivamente. Las futuras consejeras pasaran por el filtro de los partidos políticos, pero corresponderá al Consejo General del INE, la designación, atendiendo a los principios de prestigio público, profesional, compromiso democrático y el en materia electoral.

El delegado del INE en Oaxaca, Edgar Humberto Arias Alba, desestimó que existe intromisión de partidos o actores políticos, dados cargos para la elección de las consejeras del INE en Oaxaca, por son de naturaleza ciudadana.

Será el Consejo General quien hará la selección y posteriormente se podrán a consideración de los partidos para que puedan emitir opiniones respecto a los perfiles, si existen inclinaciones partidarias de los aspirantes para que los consejeros tomen una decisión.

Arias Alba, explicó que a diferencia de las consejerías del Consejo General del INE -que son de alto rango para la estructura del Estado Mexicano- en el caso de las consejerías locales, se eligen a ciudadanos y ciudadanas que deben de cumplir mínimos requisitos de idoneidad.

El titular del INE en Oaxaca, aclaró que las nuevas consejeras locales no serán empleadas del órgano electoral, no pasan a ser parte de la estructura ocupacional, no tienen un salario, solo una compensación económica por la asistencia a las sesiones.

Arias Alba, aclaró que por las condiciones de la pandemia el proceso de selección no será presencial, será por plataformas digitales.

La convocatoria para la entrega de documentación culminará el próximo 17 de agosto y se puede hacer a través de las Juntas Distritales o a través de la página www.ine.mx

Para los aspirantes, los requisitos es ser mexicana o mexicano y estar en pleno goce y ejercicio de tus derechos políticos y civiles, estar inscrito en el Registro Federal de Electores y contar con credencial para votar.

Tener la residencia de dos años en la entidad federativa correspondiente. Contar con conocimientos para el desempeño adecuado de tus funciones y no haber sido registrado como candidato a cargo alguno de elección popular en los tres años inmediatos anteriores a la designación.

Así mismo no ser o haber sido dirigente nacional, estatal o municipal de algún partido político en los tres años inmediatos anteriores a la designación, no contar con impedimento legal o incompatibilidad por no cumplir con los requisitos señalados en la ley y gozar de buena reputación y no haber sido condenado por delito alguno, salvo que hubiese sido de carácter no intencional o imprudencial.

El órgano electoral informó que para la designación se atenderán los siguientes criterios la paridad de género, la pluralidad cultural, la participación ciudadana o comunitaria, el prestigio público y profesional, el compromiso democrático y el conocimiento en materia electoral.

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