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El IEEPO desconoce estructuras al margen de la Ley

El Piñero

La Secretaría de Trabajos y Conflictos de educación indígena y la Comisión Política son las únicas instancias facultadas legalmente para realizar solicitudes de este nivel ante el IEEPO

Oaxaca de Juárez, Oaxaca. El titular de la Unidad de Educación Indígena del Instituto Estatal de Educación Pública de Oaxaca (IEEPO), Omar Lara Juárez informa que de acuerdo con la toma de nota del Comité Ejecutivo de la Sección 22 del Sindicato Nacional de Trabajadores de la Educación (SNTE), son la Secretaría de Trabajos y Conflictos del nivel de Educación Indígena y la Comisión Política, las únicas instancias legalmente facultadas como interlocutoras para realizar gestiones ante la autoridad educativa.

Por lo tanto, sobre la petición del reconocimiento de una estructura de reciente creación, autodenominada Dirección General de Educación de los Pueblos Originarios de Oaxaca (DGEPOO), Lara Juárez menciona que ésta no tiene validez legal alguna ante las instancias del IEEPO, pues fue nombrada al margen de la toma de nota y de la normatividad.

Respecto a la solicitud de personal docente, que presuntamente se requiere en este nivel, es importante señalar que a través de la revisión del registro estadístico institucional, se detectó que actualmente existe el número suficiente de personal para atender a las y los alumnos inscritos en los servicios de educación indígena.

Por lo que, en el supuesto caso de que hubiera necesidades de personal, esto puede estar asociado a una práctica ilegal y fuera de normatividad realizada desde hace varios años, que es la autoubicación del personal, misma que se ha realizado perniciosamente conforme a intereses ajenos a la educación, la presumible venta de espacios educativos, así como a la protección para laborar en lugares distintos a sus centros de adscripción.

Por lo que se exhorta a la Secretaría de Trabajos y Conflictos del nivel de Educación Indígena y a su enlace de Comisión Política a realizar conjuntamente con el IEEPO, una minuciosa revisión de las estructuras ocupacionales, para que en caso de detectarse necesidades de recursos humanos, estos puedan gestionarse oportunamente ante las instancias correspondientes, o bien que los docentes autoubicados regresen a las regiones que sin autorización del IEEPO abandonaron.

Finalmente, el IEEPO le reconoce a la gran mayoría de los docentes del nivel de educación indígena que están de manera responsable al frente de sus grupos, trabajando para hacer efectivo el derecho a la educación de las niñas, niños y adolescentes de las comunidades indígenas del estado.

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