JaimeGUERRERO
Elba Esther Gordillo tendrá que pagar al Servicio de Administración Tributaria (SAT) 19 millones 269 mil 323 pesos de impuesto sobre la renta (ISR) por ingresos no declarados en los ejercicios de 2008 y 2009, luego de que la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declarara fundado el recurso de reclamación presentado por la Secretaría de Hacienda.
El Pleno de la Corte determinó por unanimidad, y sin discusión de por medio, que la revisión del amparo solicitada por Gordillo no contiene ningún tema de constitucionalidad de normas generales, único requisito para que ese tribunal pueda estudiar el caso.
La resolución fue a propuesta de la ministra Lenia Batres, quien previamente informó a sus colegas que el 13 y 18 de febrero se recibieron dos promociones de la ex dirigente magisterial en las que manifestó no haber tenido conocimiento de la reclamación de Hacienda.
Al plantear únicamente argumentos de legalidad —ya atendidos por los tribunales de alzada—, los ministros revocaron el acuerdo admisorio dictado el año pasado por la entonces ministra presidenta Norma Piña.
Los créditos fiscales corresponden al periodo en que Gordillo encabezaba el Sindicato Nacional de Trabajadores de la Educación (SNTE).
En octubre de 2021, el SAT determinó que durante 2008 y 2009 la también ex secretaria general del PRI recibió depósitos en sus cuentas y pagos a tarjetas de crédito que debió considerar como ingresos acumulables distintos a salarios para efectos del ISR.
La ex lideresa sostuvo siempre que esos pagos con tarjeta —muchos de ellos en tiendas de lujo en Estados Unidos— correspondían a gastos de representación como presidenta del SNTE.
Sin embargo, en julio de 2024 el Tribunal Federal de Justicia Administrativa (TFJA) determinó que no acreditó tal argumento y dejó firme el crédito fiscal.
El historial de litigios de Gordillo ante el fisco incluye también dos créditos fiscales por ingresos no declarados en 2010 y 2012, que sumaban 25.5 millones de pesos y fueron anulados por el TFJA en enero de 2021 al considerar que se violó su derecho de defensa adecuada, dado que estaba privada de su libertad cuando el SAT realizó las auditorías correspondientes.
Ese argumento no resultó aplicable para los créditos de 2008 y 2009, toda vez que Gordillo fue absuelta en 2018 de los cargos de lavado de dinero y delincuencia organizada que enfrentó desde 2013.
La resolución del TFJA fue confirmada el 27 de marzo de 2025 por el Sexto Tribunal Colegiado en Materia Administrativa. Ese fallo era precisamente el que Gordillo buscaba llevar ante la Corte, posibilidad que quedó descartada con la decisión de este jueves.






