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En Oaxaca basta la falta de consentimiento para denunciar violación sexual; Congreso reformó código penal

Staff El Piñero

Jaime GUERRERO

Las víctimas de violencia sexual en Oaxaca no tendrán que experimentar agresiones físicas, intimidación o haberse resistido para acreditar el delito. Bastará con manifestar que no hubo consentimiento. Con esta reforma al Código Penal, la entidad se convierte en la primera de México en eliminar la barrera del estereotipo contra las sobrevivientes.

Ahora, corresponde a las instituciones competentes capacitar y actuar conforme a la ley para protegerlas y que no haya impunidad en los casos.

El dictamen fue emitido por la Comisión Permanente de Administración y Procuración de Justicia, y el Proyecto de Decreto lo suscribieron las diputadas Dennis García Gutiérrez, Elisa Zepeda Lagunas, Haydeé Irma Reyes Soto, Jimena Yamil Arroyo Juárez y Sandra Daniela Taurino Jiménez, integrantes del órgano legislativo de Mujeres e Igualdad de Género.

Con esta reforma se establecen de manera clara las hipótesis del delito de violación, se define el contexto coercitivo, el prevalimiento, el contexto de vulnerabilidad y lo que debe entenderse por consentimiento libre y voluntario de la víctima, así como la prohibición de inferirla en determinadas circunstancias como el silencio de la víctima, la no resistencia verbal o física, el comportamiento sexual del pasado, entre otras.

“En los hechos las autoridades quieren que la víctima de violencia sexual llegue con agresiones físicas visibles, con golpes o señas de haberse resistido, sino lo llevan no integran la averiguación y son sometidas al juicio de los mp”, explicó Zepeda Lagunas, diputada local impulsora de la reforma.

El eje central de esta armonización del Código Penal con los estándares internacionales de derechos humanos en materia sexual, radica en colocar el consentimiento de la víctima y no poner en tela de juicio su palabra, precisó. “Fue quitar el estereotipo de que una víctima sexual obligadamente tiene que ir lastimada física o moralmente de una manera muy visible”, argumentó.

Trabajada con Equality Now, organización internacional que promueve los derechos de todas las mujeres y niñas en el mundo, la iniciativa fue aprobada por la 66 legislatura local con 33 votos a favor el pasado 12 de agosto de 2025, pese a algunas resistencias.

“La realidad es que esta problemática de atención de denuncias es baja. Los delitos sexuales de 2020 a la fecha acumulan alrededor de 3 mil carpetas de investigación, la mayoría de ellas tiene la dificultad de la precisión del delito que se señala”, destacó la legisladora.

Zepeda Lagunas, explicó que el silencio ha sido uno de los factores que a la hora de integrar la carpeta pueden hacer procedente o no la investigación.

La violencia sexual -expuso- se presenta de múltiples formas y en muchos casos no necesariamente implica una agresión física; hay presión, prevalimiento (cuando una persona se aprovecha de su superioridad), condicionamiento, por citar algunos en donde no hay agresión física sino un sometimiento psicológico.

Las reformas se hicieron al artículo 246, 247, 248 y al 255 en este último se agregó el capítulo de consentimiento, que “pudiéramos decir va a ser un parteaguas”.

La iniciativa se analizó en la comisión de procuración de justicia y se hicieron meses a lo largo de cuatro meses con el Tribunal Superior de Justicia, la Fiscalía General, la Secretaría de las Mujeres, Equality Now y Unicef, instancias expertas en la materia.

“Fue algo bastante discutido, tuvo sus resistencias, al final las instancias participantes tuvieron el nivel de discusión y respaldaron la iniciativa. A nivel federal ya se había vivido este debate y no se logró, pero Oaxaca lo hizo. Vamos sumando”.

Por su parte, la congresista que preside la Comisión Permanente de Administración y Procuración de Justicia, Analy Peral Vivar sostuvo que en México se han dado pasos significativos para reformar la legislación penal, fortaleciendo la protección de las víctimas incorporando la perspectiva de género y adoptando estándares internacionales en la materia.

Detalló, que anteriormente para perseguir el delito de violación sexual se exigía acreditar a las víctimas violencia física o moral explícita, lo que dificultaba la investigación de casos donde no había consentimiento, pero tampoco coerción visible, lo que generaba lagunas legales enormes, revictimizaba a las personas y perpetuaba la impunidad “se trataba de un sistema que no ponía al centro a la víctima, sino a la fuerza del agresor”, sostuvo.

No obstante, refirió que las reformas recientes se han centrado en el Consentimiento, considerado como la manifestación libre, clara, afirmativa que debe ser el eje de cualquier relación sexual “y ahora, basta con la ausencia de consentimiento para actuar, lo que permite una mejor persecución de casos y desmonta estereotipos que han protegido a quienes son culpables por demasiado tiempo”.

A nivel estatal, mencionó que también ha habido un progreso hacia una legislación más protectora con los derechos y para definir de manera más estricta el consentimiento como elemento clave eliminando figuras obsoletas como el estupro y garantizando la imprescriptibilidad contra personas menores de 18 años.

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