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Entra en vigor Ley que protege patrimonio cultural indígena y afromexicano de México vs el plagio

El Piñero

Jaime GUERRERO | El Piñero

El pasado 17 de enero se publicó en el Diario Oficial de la Federación la Ley Federal de Protección del Patrimonio Cultural de los Pueblos y Comunidades Indígenas y Afromexicanos, la cual tiene como objetivo reconocer la propiedad que la población indígena y afromexicana tiene sobre sus manifestaciones de patrimonio cultural.

La iniciativa de ley fue presentada en el Senado de la República por la Senadora Susana Harp y el Presidente de la Junta de Coordinación Política, Ricardo Monrreal en 2018 y fue sujeta a un proceso de análisis y discusión que permitió su aprobación y ahora su entrada en vigor.

El objetivo central de esta ley es salvaguardar cada uno de los elementos de cultura de los pueblos y comunidades de México, lo que implica la preservación de los insumos naturales, las técnicas y los conocimientos comunitarios que se emplean en la elaboración de cada uno de los elementos de cultura, incluyendo el respeto a su cosmovisión y a las manifestaciones que de esta se derivan.

Con la entrada en vigor de la nueva ley, toda persona ajena a las comunidades, deberá obtener la autorización previa para cualquier aprovechamiento o usufructo con las expresiones culturales de los pueblos indígenas y afromexicanos.

A través de un comunicado, la senadora del grupo parlamentario de Morena, Susana Harp Iturribarría, señaló que esta ley tiene como otro de sus objetivos, sancionar el uso, aprovechamiento, comercialización y explotación sin consentimiento, que terceros puedan hacer de los elementos de la cultura e identidad de los pueblos y comunidades indígenas, afromexicanos o equiparables, según corresponda.

Destacó que se trata de una ley de derecho colectivo que reconoce a las comunidades indígenas y afromexicanas como únicas propietarias de sus expresiones culturales. Solo ellas deciden las formas de explotación o no, de cada una de sus creaciones.

Una vez que entró en vigor la ley, la Secretaría de Cultura de México y al Instituto Nacional de los Pueblos Indígenas (INPI), deberán crear la política pública que haga efectivo estos nuevos derechos colectivos.

De igual forma, corresponde a las comunidades indígenas y afromexicanas organizarse para ejercer los derechos que la nueva ley les confiere, así como establecer disposiciones para que, en el ejercicio de su libre determinación y autonomía, definan los elementos de su cultura e identidad accesibles, disponibles, de acceso restringido o inaccesibles a terceros.

Por elementos de cultura se entiende a todos aquellas expresiones físicas e intangibles que le otorgan identidad a una comunidad, tales como textiles, gastronomía, danzas, música, rituales, entró otros.

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