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Gobernador presenta iniciativa para extinguir órgano garante autónomo y crear “Transparencia para el Pueblo de Oaxaca” subordinado al Ejecutivo

Staff El Piñero

Jaime GUERRERO

El gobernador Salomón Jara Cruz remitió al Congreso local la iniciativa de la Ley de Transparencia, Acceso a la Información Pública con Sentido Social y Buen Gobierno de Oaxaca y la Ley de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados del Estado, con la que se extingue definitivamente el Órgano Garante de Acceso a la Información Pública, Transparencia, Protección de Datos Personales y Buen Gobierno del Estado de Oaxaca, creado en 2021.

Se establece un nuevo esquema institucional en cumplimiento a la reforma constitucional federal y local de 2025.

La propuesta crea el órgano desconcentrado “Transparencia para el Pueblo de Oaxaca”, jerárquicamente subordinado a la Secretaría de Honestidad, Transparencia y Función Pública del Gobierno del Estado.

Ese órgano tendrá capacidad técnica y operativa suficiente para fungir como autoridad garante exclusiva del Poder Ejecutivo estatal y de los 570 municipios en materia de acceso a la información pública y protección de datos personales.

En cambio, para los poderes Legislativo y Judicial, así como para todos los organismos constitucionales autónomos, la tutela de estos derechos recaerá directamente en sus respectivos órganos internos de control o figuras homólogas, eliminando la existencia de un garante externo único.

La iniciativa se fundamenta en el Decreto 731, aprobado el 30 de julio de 2025 por la LXVI Legislatura y publicado el 1 de agosto de 2025 en el Periódico Oficial del Estado, que reformó los artículos 3, 35, 59 y 114 de la Constitución Política de Oaxaca y otorgó al Congreso 120 días naturales para expedir la nueva legislación secundaria.

Los artículos transitorios tercero y cuarto establecen que, una vez entre en vigor el nuevo marco jurídico, quedará extinto el órgano garante autónomo creado mediante Decreto 2473 del 14 de abril de 2021.

Entre los contenidos principales de la nueva Ley de Transparencia destacan: el uso de lenguaje incluyente, no sexista y no discriminatorio; la definición de principios y reglas generales para el ejercicio del derecho de acceso a la información; la actualización del catálogo de definiciones y de sujetos obligados.

El listado completo de entes públicos obligados y sus obligaciones específicas; la regulación del Subsistema Estatal de Transparencia y Acceso a la Información Pública; el reconocimiento de las nuevas autoridades garantes (el órgano desconcentrado para Ejecutivo y municipios, y los órganos internos para Legislativo, Judicial y autónomos).

Las atribuciones de los Comités y Unidades de Transparencia; la habilitación de plataformas digitales vinculadas a la Plataforma Nacional de Transparencia para facilitar la publicación de obligaciones; la promoción de la transparencia con sentido social y la apertura institucional; el detalle de obligaciones comunes y específicas de transparencia; los procedimientos de verificación y sanción por incumplimiento.

Contiene la autorización de medios alternativos de cumplimiento para municipios indígenas y afromexicanos con menos de 70 mil habitantes, acordes a sus sistemas normativos internos; las reglas para clasificar información como reservada o confidencial y elaborar versiones públicas; el procedimiento completo para solicitudes de información y medios de impugnación (recursos de revisión e inconformidad).

Asimismo, la emisión de criterios orientadores; y el catálogo de conductas sancionables para servidores públicos que inhiban el acceso a la información o eludan obligaciones de transparencia.

Por su parte, la nueva Ley de Protección de Datos Personales regula: los principios y reglas generales para el ejercicio de los derechos ARCOP (Acceso, Rectificación, Cancelación, Oposición y Portabilidad); la actualización de definiciones y autoridades responsables; los deberes de los sujetos obligados; las normas sobre consentimiento y sus excepciones; los avisos de privacidad integral y simplificado; la creación, modificación o supresión de sistemas de datos personales.

El procedimiento para el ejercicio de los derechos ARCOP; las reglas para transferencias y remisiones de datos; las facultades de los Comités y Unidades de Transparencia, así como de la Secretaría de Honestidad como autoridad normativa del Ejecutivo y municipios.

Norma los procedimientos de verificación, recursos de revisión y cumplimiento de resoluciones; la emisión de criterios orientadores; y las sanciones a servidores públicos que obstaculicen la protección de datos personales.

Con estas dos leyes, el gobierno de Salomón Jara busca cumplir la obligación constitucional de eliminar duplicidades funcionales, integrar las competencias de transparencia y protección de datos en la administración pública centralizada y municipal bajo la supervisión directa de la Secretaría de Honestidad, y garantizar.

Según el texto de la iniciativa, “una transparencia con sentido social que genere información útil para el pueblo de Oaxaca y fortalezca la rendición de cuentas en el ámbito del Poder Ejecutivo y los ayuntamientos”.

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