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Habitantes de Yautepec reclaman respeto a sus derechos electorales

El Piñero

 

Francisco Vásquez

Oaxaca, México.- En conferencia de prensa habitantes del municipio de San Carlos Yautepec perteneciente a la Sierra Sur, exigieron respeto al sistema normativo interno que dijeron ha prevalecido ahí por décadas, ya que el reciente fallo de la Sala Regional Xalapa del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (Tepjf), dentro del expediente SX-JDC-157/2018 que dejó firme la elección de Salomón Ríos Pérez violentó la autonomía y libre determinación de la población.

Edgar Aragón Parada representante de los pobladores inconformes explicó que la sentencia del Tribunal Electoral del Estado de Oaxaca (TEEO), dictada el 9 de marzo de 2018, vulneró la construcción y perspectiva del sistema normativo de San Carlos Yautepec, dado que impactó de manera directa en la elección de sus autoridades municipales.

Dijo que la comunidad exige se haga válida la elección realizada el pasado 16 de diciembre de 2017 en donde la planilla que encabezó resultó electa para estar al frente de la presidencia municipal y aseguró que dicha elección se llevó a cabo conforme a las reglas establecidas por la asamblea general de la comunidad, y pese a ello el TEEO validó una supuesta elección realizada un día después la cual fue fabricada con actas y documentos donde aparecen nombres y firmas de personas que ya fallecieron desde hace varios años, señaló.

Afirmó que de manera amañada dicha elección fue válida legalmente por el Consejo General del Instituto Estatal Electoral y de Participación Ciudadana (Ieepco) y confirmada por el Tribunal Electoral del Estado de Oaxaca en el juicio número JDCI/03/2018 re encausado a JNI/13/2018 y posteriormente la Sala Regional Xalapa del Tepjf dentro del expediente SX-JDC-157/2018 dejó firme la elección de Salomón Ríos.

Refirió que en las actas y documentos que presentó Salomón Ríos incluyen a los habitantes de diversas localidades de Yautepec, siendo que cada comunidad ha sido respetuosa de la elección de autoridades tanto, en el casco, en las agencias y núcleos rurales.

Aragón Parada acusó que dicha resolución contraviene abiertamente todas las disposiciones constitucionales y convencionales respecto al derecho de las comunidades indígenas para elegir a sus propias autoridades conforme a sus normas, procedimientos y prácticas tradicionales.

Detalló que la elección de Salomón Ríos es ilegal, debido a que la mesa electoral se integró por representantes de las agencias y rancherías, además de ser semejante al sistema de partidos políticos, se hizo sin previamente consultar a todas las comunidades que conforman el municipio de San Carlos Yautepec.

Además de que quienes conformaron la mesa electoral se adjudicaron funciones propias de una asamblea general que es la máxima autoridad, siendo que la única ocasión en que se recurrió a esta instancia fue para declarar válida una planilla que fue registrada a modo.

Afirmó que dentro del expediente obran elementos suficientes para comprobar que el grupo de Salomón Ríos y un delegado de la Secretaría General de Gobierno (Segego) Érik Job López Martínez, presentaron ante el Ieepco actas y documentos donde aparecen nombres y firmas de personas que ya fallecieron desde hace varios años, a fin de validar una supuesta asamblea de fecha 17 de diciembre de 2017.

Explicó que se cometieron una serie de irregularidades que han violentado el derecho de los habitantes de Yautepec a elegir a sus autoridades, dado que sólo tienen ese derecho las personas que pertenecen a la comunidad, quienes pueden elegir y ser elegidas, siempre y cuando hayan cumplido con sus responsabilidades comunitarias, tal como lo dictan los usos y costumbres.

Refirió que en las actas y documentos que presentó Salomón Ríos incluyen a los habitantes de diversas localidades de Yautepec, siendo que cada comunidad ha sido respetuosa de la elección de autoridades tanto, en el casco, en las agencias y núcleos rurales, “para ser ciudadano de Yautepec, tienes que estar en un padrón, haber cumplido con tequios, en la elección del 16 de diciembre de 2017, únicamente votamos los que estamos en el padrón de ciudadanos los que estamos reconocidos por nuestros usos y costumbres”, agregó.

Edgar Aragón aseveró que el órgano electoral discriminó totalmente a los habitantes de la cabecera municipal, poniendo en riesgo su forma de organización interna en la elección de sus cargos y los derechos y obligaciones establecidos según sus normas, pues cuentan con padrones de ciudadanos y comuneros activos que han sido tomados en cuenta durante años para llevar acabo las elecciones y determinar el derecho a votar y ser votado.

Por esa razón informó que los habitantes inconformes presentaron ante la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, un recurso de reconsideración a efecto de que se analicen los agravios contenidos en la resolución de la Sala Regional Xalapa, la cual abandonó la obligación de juzgar con perspectiva indígena, violentando los derechos de los pueblos originarios, el cual quedó registrado bajo el número SUP-REC-385-2018.

De acuerdo al recurso de reconsideración en el caso concreto, las agencias y rancherías desde tiempos antiquísimos no han participado en los procesos de elección de las autoridades de la cabecera municipal y esto no implica colocarlos en una situación de exclusión o de discriminación.

“Incluso durante el proceso de preparación de la elección, un grupo de autoridades manifestó su intención de no intervenir en asuntos relativos a la elección y respetar los reglamentos internos de la comunidad y de sus localidades”, dijo.

Detalló que cada comunidad participa en sus propios procesos de elección de sus autoridades, es así que para una agencia o ranchería, su autoridad es la que los habitantes del lugar eligen bajo los propios procedimientos que tienen, y no se reconoce a las personas electas para integrar el cabildo o la de la cabecera municipal como autoridades, porque entre ellas sólo existe una relación de tipo administrativa para la dotación de recursos y la realización de obras de tipo social o de infraestructura.

En ese sentido aclaró que tanto la cabecera municipal de Yautepec y sus localidades han respetado la forma en cómo eligen a sus representantes, sin intromisiones dado que no sería posible homogenizar un solo sistema normativo para todos, a menos que se eliminara esa autonomía y autodeterminación.

Puntualizó  que actualmente el recurso se encuentra en fase de estudio, por lo que espera que la Sala Superior del Tepjf emita una resolución acorde a la perspectiva indígena, y restaure los derechos de los pueblos originarios en la Sierra Sur de Oaxaca.

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