Jaime GUERRERO
El consejero general del Instituto Estatal Electoral y de Participación Ciudadana de Oaxaca (IEEPCO) aprobó la convocatoria oficial para el Proceso de Revocación de Mandato del gobernador Salomón Jara Cruz, correspondiente al periodo constitucional 2022-2028, cuya jornada de participación ciudadana se llevará a cabo el domingo 25 de enero de 2026.
La convocatoria fue avalada por el Consejo General del organismo electoral local, junto con una serie de lineamientos, disposiciones y el calendario que regirá la organización de la consulta, incluidos los plazos para el cómputo distrital, la entrega de resultados y otros procedimientos clave del proceso.
De acuerdo con el documento aprobado, este mecanismo de democracia directa permitirá a las y los oaxaqueños decidir si se revoca el mandato del titular del Poder Ejecutivo estatal por pérdida de confianza o si continúa en el cargo hasta la conclusión de su periodo.
La pregunta que aparecerá en la papeleta será: “¿Estás de acuerdo en que a Salomón Jara Cruz, Gobernador Constitucional del Estado, se le revoque el mandato por pérdida de confianza o que siga en la Gubernatura hasta que termine su periodo?” Las opciones de respuesta serán: “Que se revoque el mandato por pérdida de la confianza” o “Que siga en la Gubernatura”.
La jornada se desarrollará de las 08:00 a las 18:00 horas en las casillas que se instalen para tal efecto, bajo el principio de voto libre y secreto. Para participar, la ciudadanía deberá contar con credencial para votar vigente, estar inscrita en la lista nominal y no tener suspendidos sus derechos político-electorales.
Durante la sesión en la que se aprobó la convocatoria, las y los consejeros así como representaciones de los partidos políticos fijaron posiciones.
La consejera presidenta del IEEPCO, Elizabeth Sánchez González, destacó que este proceso constituye el primer ejercicio de democracia directa de esta naturaleza organizado en Oaxaca y el primero en una entidad federativa que llega a esta etapa tras cumplir el requisito constitucional más exigente: que sea la propia ciudadanía, y solo ella, quien reúna las firmas necesarias para activarlo.
La titular del órgano electoral subrayó que la revocación de mandato coloca en manos de la ciudadanía la evaluación del ejercicio del poder público, sin intermediarios, sin candidaturas, sin campañas y sin la operación de estructuras partidistas, y afirmó que el Instituto actúa en estricto cumplimiento de la ley, aun en un contexto normativo complejo derivado de reformas que redujeron de manera significativa los plazos de organización.
Sánchez González resaltó que, a diferencia de un proceso electoral ordinario, el IEEPCO asumirá de manera directa la planeación, instalación e integración de casillas, al no contar con la intervención activa del Instituto Nacional Electoral en estas tareas, lo que convierte al ejercicio en un precedente histórico para el organismo local.
La convocatoria establece que la promoción y difusión del proceso iniciará al día siguiente de su publicación en el Periódico Oficial del Estado y concluirá tres días antes de la jornada.
Durante ese periodo, el IEEPCO será la única autoridad facultada para difundir información, la cual deberá ser objetiva, imparcial y con fines informativos. Asimismo, quedará suspendida toda propaganda gubernamental, con excepción de la relacionada con servicios educativos, de salud y protección civil.
Como parte de la estrategia de difusión, el organismo electoral habilitará un micrositio informativo y organizará dos foros de discusión en medios digitales.
Además, se prohíbe la publicación de encuestas o sondeos de opinión durante los tres días previos a la jornada y hasta el cierre de casillas.
Para que el resultado del ejercicio sea vinculante, se requerirá la participación de al menos el 40 por ciento de las personas inscritas en la lista nominal de electores, equivalente a más de 1 millón 200 mil ciudadanos, y que la opción de revocación obtenga mayoría absoluta.
El cómputo de los resultados y la declaratoria de validez estarán a cargo del Tribunal Electoral del Estado de Oaxaca, el cual notificará los resultados a la persona titular de la Gubernatura, al Congreso del Estado, al Tribunal Superior de Justicia y al propio IEEPCO, para los efectos constitucionales correspondientes.






