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IEEPCO aprueba lineamientos para la Revocación de Mandato de Gobernador de Oaxaca

Staff El Piñero

Jaime GUERRERO

En Sesión Extraordinaria Urgente, el Consejo General del Instituto Estatal Electoral y de Participación Ciudadana de Oaxaca (IEEPCO) aprobó este viernes los lineamientos y formatos para el proceso de Revocación de Mandato de la persona titular de la Gubernatura del Estado, correspondiente al periodo constitucional 2022-2028.

Este mecanismo, regulado por la Ley de Revocación de Mandato y los decretos 753 y 754, publicados el 10 de septiembre de 2025 en el Periódico Oficial del Estado, busca permitir a la ciudadanía oaxaqueña decidir sobre la continuidad del titular del Ejecutivo estatal ante una eventual pérdida de confianza.

El primer instrumento aprobado, los Lineamientos para el proceso de solicitud de revocación de mandato, establece los pasos para que la ciudadanía, a través de personas promoventes, solicite formalmente este proceso.

Entre sus puntos clave se encuentran la solicitud de registro de promoventes, la recolección de firmas, la integración de mesas de control y la garantía de audiencia.

El IEEPCO habilitará el registro de personas promoventes del 11 al 31 de octubre de 2025, con formatos disponibles en su sitio web oficial (https://www.ieepco.org.mx/revocacion-de-mandato).

El segundo documento, los Lineamientos para la organización, desarrollo y vigilancia de los actos previos y del proceso de revocación de mandato, regula las actividades del Instituto para garantizar legalidad, transparencia y participación ciudadana en todas las etapas del proceso.

Sin embargo, la ambigüedad en algunos puntos de los lineamientos y la falta de una campaña robusta de difusión podrían limitar el acceso de la ciudadanía a este mecanismo democrático.

La aprobación de estos lineamientos otorga a la ciudadanía un mecanismo para exigir rendición de cuentas al titular de la Gubernatura.

No obstante, el proceso no está exento de críticas. La ventana de registro, de apenas 20 días, podría ser insuficiente para que grupos ciudadanos, especialmente en comunidades rurales o marginadas, se organicen y cumplan con los requisitos.

Además, la recolección de firmas, un pilar del proceso, carece de claridad sobre el número mínimo requerido y los mecanismos de verificación, lo que podría generar incertidumbre o incluso discrecionalidad por parte del IEEPCO.

Otro punto es la información sobre los recursos que el Instituto destinará para garantizar la accesibilidad y transparencia del proceso.

En un estado con alta dispersión geográfica y desigualdad tecnológica, la dependencia de una plataforma digital para acceder a los formatos podría excluir a sectores sin acceso a internet.

Asimismo, la ausencia de una estrategia clara de socialización del proceso podría limitar la participación a grupos con mayor capacidad organizativa, dejando de lado a la ciudadanía no afiliada a estructuras políticas.

El éxito de este mecanismo dependerá de la capacidad del Instituto para garantizar que el proceso sea verdaderamente accesible, transparente y representativo.

La Revocación de Mandato, como herramienta de democracia directa, tiene el potencial de empoderar a la ciudadanía oaxaqueña, pero su implementación debe superar los retos logísticos, comunicativos y de inclusión para evitar que se convierta en un ejercicio restringido a élites políticas o grupos organizados.

Por ahora, la ciudadanía espera que el IEEPCO no solo cumpla con la legalidad, sino que priorice la participación efectiva de todas las voces en un estado diverso y complejo como Oaxaca.

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