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INE ordena remover a consejera presidenta del IEEPCO hasta cambio de situación jurídica e instruye a consejerías del OPLE designar Presidencia Interina

Monika

Jaime GUERRERO | EL PIÑERO

Tras un incidente de aclaración de sentencia ante el Tribunal de Justicia Administrativa y Combate a la Corrupción de Oaxaca (TJACCO), el Instituto Nacional Electoral (INE) confirmó la inhabilitación temporal de 1 año de la consejera Pdta del IEEPCO, Elizabeth Sánchez (@Elizabeth_SG1) por presuntas irregularidades en la comprobación de recursos.

La COMISIÓN DE VINCULACIÓN CON ORGANISMOS PÚBLICOS LOCALES, ordenó la remoción de la ex Sindica de Tlacolula de Matamoros, mientras no cambie su situación jurídica.

En virtud de la vacante, pide al consejo general del IEEPCO, designe una presidencia interina en tanto la situación jurídica de Sánchez González cambie. La consejera ya ha impugnado.

“En virtud de la sentencia y, en particular de la aclaración respectiva, se ha generado en la Presidencia de ese Organismo Público Local, una vacante, por lo que en términos del artículo 32, numeral 3, del Reglamento del Instituto Nacional Electoral para la designación y remoción de las y los Consejeros Presidentes y las y los Consejeros Electorales de los Organismos Públicos Locales Electorales (Reglamento), el Consejo General deberá sesionar de manera inmediata para designar a la Consejera o Consejero en funciones que ocupará la Presidencia de manera provisional”, plasma la notificación de la comisión del INE que fue entregada a las y los consejeros locales del IEEPCO

En el oficio firmado por la consejera del INE, Dania Paola Ravel Cuevas, Presidenta de la comisión de vinculación con organismos públicos locales, se les solicita a las consejerías del IEEPCO que informe, una vez que se tome la determinación, la designación de la Consejera o Consejero en funciones que ocupará la Presidencia de ese Organismo Público Local, en tanto la situación jurídica de la Consejera Presidenta se actualice.

“O bien, el Consejo General del Instituto Nacional Electoral nombre a la Presidenta o Presidente Provisional, en términos del artículo 32, numeral 1 del Reglamento, para el caso de una ausencia temporal mayor a treinta días”, plasma el documento.

El documento que, fue notificado este miércoles a las consejerías del IEEPCO, refiere que tras inhabilitación temporal por el periodo de 1 año, para desempeñar empleos, cargos o comisiones en el servicio público y para participar en adquisiciones, arrendamientos, servicios y obras públicas, en términos de la Ley General de Responsabilidades

Administrativas; así como el similar, número TJAyCCO/SEMACC/1568/2024 suscrito y firmado por la Actuaria Adscrita a la Segunda Sala Unitaria Especializada en Materia de Responsabilidades Administrativas y Combate a la Corrupción del TJACCO dirigido a la Secretaria Ejecutiva del IEEPCO, por medio del cual, se notificó una Aclaración de Sentencia en relación con los efectos de la sentencia previamente referida, se tomó la decisión de la remoción.

El pasado 11 de abril, Sánchez González, negó en incurrir en desvío de recursos y confirmó que impugnó la resolución de la Segunda Sala del TJACCO que, la inhabilitó de la función pública y para participar en procesos de licitación por el presunto desvío de recursos.

A través de un documento que redactó en su mayoría en tercera persona, aclaró que seguirá en el cargo y agotará la cadena impugnativa ante los órganos jurisdiccionales.

Ante la difusión que ha tenido en redes sociales y medios de comunicación la resolución PRAG 009/2023 emitida por la Segunda Sala Unitaria Especializada en Materia de Responsabilidades Administrativas y Combate a la Corrupción del Tribunal de Justicia Administrativa y Combate a la Corrupción del Estado de Oaxaca, hizo sus precisiones.

En su escrito, afirmó que la sentencia no acredita el desvío de recursos públicos, “ a las personas señaladas, por el contrario, refiere que hubo descuido en las formalidades para la aplicación de la normatividad que regula los procedimientos de contratación, adquisición, arrendamiento y servicios, de acuerdo con los rangos que prevé el presupuesto de Egresos del Estado”.

Lo anterior, no obstante que el TJACCO calificó la falta administrativa grave.

En su defensa, Sánchez González, afirma que la sentencia, establece que no existen antecedentes por incumplimiento de funciones, ni existe dentro del expediente algún documento que haga inferir que fueron sancionadas con anterioridad por alguna otra falta administrativa.

“No acredita que las personas señaladas hayan obtenido un beneficio económico a su favor”, recaló.

Así mismo, destaca -en su documento en tercera persona- que la sentencia no es definitiva, “toda vez que las personas señaladas tienen derecho de proceder conforme a derecho y continuar la cadena de impugnación”.  

“Al amparo de lo anterior y de la Ley General de Responsabilidades Administrativas, quiero informar a la ciudadanía que seguiré en el cargo hasta que la sentencia cause ejecutoria, salvaguardando así mis derechos humanos” plasmó para referirse a ella.  

También destacó que los trabajos del Proceso Electoral Local 2023-2024 en Oaxaca continúan de la mano de un equipo profesional y comprometido que labora en el Instituto, mismo que ha dado buenos resultados a la ciudadanía en años anteriores.  

“La elección del 02 de junio va: Elizabeth Sánchez González”, cerró.

El pasado lunes,  el Gobierno de Oaxaca, hizo un llamado al Consejo General del Instituto Nacional Electoral (INE), para que voltee los ojos e intervenga ante la problemática y desacuerdos que se padecen al interior del Consejo del IEEPCO.

El Consejero Jurídico del Gobierno del Estado, Geovany Vásquez Sagrero, informó que el Tribunal de Justicia Administrativa notificó que, Sánchez González y su encargada de despacho de de la coordinación administrativa, están inhabilitadas desde el momento que les hicieron la notificación.

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