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Ministra de la Corte busca acotar la prisión preventiva oficiosa; en estos casos ya no aplicaría

El Piñero

Argumentando que afecta la presunción de inocencia, Margarita Ríos Farjat propondrá que la prisión en automático se aplique de manera justificada; de aprobarse, se solicitará a la FGR medidas para evitar liberaciones masivas.

CIUDAD DE MÉXICO (Proceso).– La ministra Margarita Ríos Farjat propondrá acotar la ampliación del catálogo de delitos que merecen prisión preventiva de oficio, impulsada por el gobierno federal, y reinterpretar la figura para que deje de ser automática.

Proceso confirmó que la ministra repartió entre sus compañeros del Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) un proyecto de resolución de la acción de inconstitucionalidad presentada por la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) contra diversas leyes que fueron reformadas en febrero de 2021 para ampliar el catálogo de delitos que merecen prisión preventiva de oficio.

El proyecto de la ministra Ríos Farjat será discutido en septiembre próximo y establece una reinterpretación de la figura de prisión preventiva oficiosa para que deje de aplicarse en definitiva de manera automática y que el Poder Judicial de la Federación (PJF) y la Fiscalía General de la República elaboren un esquema de revisión de los casos que evite liberaciones masivas e inmediatas.

La reforma analizada por la ministra implicó cambios a las leyes secundarias en materia de hidrocarburos, desaparición forzada, electorales y corrupción, entre otras, para adecuarlas a la ampliación establecida desde 2019 en la Constitución sobre el catálogo de delitos del artículo 19 constitucional.

En marzo de 2023 la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CorteIDH) emitió una sentencia en la que consideró que la prisión preventiva oficiosa en México es inconvencional y sancionó al país por mantener a dos hombres sujetos a esta medida durante 17 años sin recibir sentencia condenatoria.

Por ello, la SCJN prevé discutir, antes del proyecto de la ministra Ríos, cómo deberán los juzgadores del PJF cumplir con la sentencia de la CorteIDH.

La ministra Ríos Farjat propondrá a sus compañeros acotar la ampliación del catálogo de delitos que merecen prisión preventiva de oficio, pues destacó que no todos los que fueron parte de las reformas a las leyes secundarias de 2021 forman parte de los delitos incorporados mediante la reforma constitucional de 2019.

Así, la ministra plantea avalar las reformas para homologar la inclusión al catálogo del 19 constitucional los delitos contra la salud, abuso sexual o violación cometida contra menores de edad, el feminicidio, el robo a casa habitación, la desaparición forzada, los delitos relacionados con armas de fuego de uso exclusivo del Ejército y Fuerza Aérea y de corrupción.

Mientras que, al no formar parte de la reforma de 2019 y no cumplir con los lineamientos que la propia ministra plantea tomar en consideración para aplicar prisión preventiva, Ríos Farjat propondrá invalidar la reforma que incluye el robo a establecimientos destinados a actividades comerciales, el robo de equipaje o valores derivado del robo de transporte de carga, pasajeros, turismo o transporte privado y la utilización de programas sociales con fines electorales, en el catálogo del 19 constitucional.

Para este efecto de invalidez, la ministra deberá conseguir ocho votos en favor de su propuesta.

En su proyecto la ministra reconoce que México ha registrado diversos avances legislativos y jurisdiccionales en favor de los derechos humanos, pero que estos se ven opacados al mantener vigente la existencia de la figura de la prisión preventiva oficiosa como medida que se aplica automáticamente conforme al delito, que es imputado a una persona pues constituye un doble discurso.

Indicó que la aplicación de esta medida afecta a la presunción de inocencia, la libertad personal, la igualdad ante la ley y el desarrollo de un proyecto de vida, derechos que tienen las personas que son señaladas por la posible comisión de un delito, es decir, que no han sido declarados culpables.

Por ello, precisa que el Ministerio Público tendrá la carga de justificar las razones por las cuales una persona debe permanecer en prisión preventiva, en lugar de que esta se aplique de manera automática conforme al delito imputado.

Ríos Farjat expone que la prisión preventiva se mantendrá vigente cuando otras medidas cautelares no sean suficientes para garantizar que la persona comparezca a juicio, la seguridad de las víctimas o de las investigaciones.

Aunque el Ministerio Público tenga la obligación de solicitarla en la mayoría de los casos, la ministra reconoce que hay delitos tan importantes que sobre estos sí debe operar sin previa solicitud de la Fiscalía, sino que el juez debe iniciar de oficio un debate para imponerla y, eventualmente, ordenarla si concluye que es procedente.

Para que esta reinterpretación no implique una carga excesiva de trabajo ni la libertad automática de personas, la ministra propondrá que el Consejo de la Judicatura Federal y la Fiscalía General de la República establezcan medidas extraordinarias para priorizar las solicitudes de las medidas con base en la complejidad de cada caso.

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