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Oaxaca: Hasta 4 años de cárcel para quien con silbidos, piropos y frotamientos acose sexualmente a una persona

El Piñero

Redacción El Piñero | Corresponsalía

Oaxaca, Oax.- Quienes con piropos, silbidos y frotamientos acosen sexualmente a una persona, podrán alcanzar hasta una pena de 4 de prisión, de acuerdo a la reforma realizada al Código Penal Local por parte de diputadas y diputados del Congreso de Oaxaca.

La reforma fue aprobada durante la sesión ordinaria efectuada ayer miércoles, el Artículo reformado es el 241 Ter, donde se prohíbe proferir silbidos, expresiones verbales y/o gestuales de carácter sexual; exhibir y realizar tocamientos, roces o cualquier frotamiento contra el cuerpo de la víctima.

Este delito se castigará con prisión de dos y hasta cuatro años, y multa de cien a doscientas veces el valor de la Unidad de Medida y Actualización, la pena aumentará hasta en una tercera parte cuando se cometa por 2 o más personas, y cuando exista seguimiento y persecución.

Si el acoso se comete contra una persona menor de 18 años o con alguna discapacidad, se procederá contra el responsable a petición de parte. Cuando la víctima no pueda resistirse, el delito se perseguirá de oficio.

Si el acosador es servidor público, y se vale de medios o circunstancias que el encargo le proporcione para cometer el ataque, además de las penas previstas en el Código Penal Estatal, se le destituirá del cargo o empleo.

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