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OPLE de Oaxaca dará registro como Partido Político Local al PRD

Staff El Piñero

Jaime GUERRERO

De no suceder nada extraordinario, el Instituto Estatal Electoral y de Participación Ciudadana de Oaxaca (IEEPCO), dará el registro al Partido de la Revolución Democrática (PRD) como Partido Político Local al obtener el 3.6% de la votación válida emitida en la elección de ayuntamientos en la pasada elección del 2 de junio del 2024.

A nivel nacional perdió su registro.

En el acuerdo que será sometido al pleno, el IEEPCO establece que es procedente el registro como Partido Político Local solicitado por el otrora Partido de la Revolución Democrática, bajo la denominación de Partido de la Revolución Democrática Oaxaca, con efectos constitutivos a partir del primero de febrero de 2025.

La sesión del IEEPCO está programada para este miércoles a las 16:00 horas.

Conforme a lo establecido en el considerando 15, apartado D, inciso c), de la presente resolución, se concede a Partido de la Revolución Democrática Oaxaca, un plazo de 60 días naturales contados a partir de la publicación del presente Acuerdo en la Gaceta Electoral de este Instituto, para que subsane las omisiones detectadas en sus documentos básicos.

Se tiene al Partido de la Revolución Democrática Oaxaca informando la integración de su órgano directivo en el estado de Oaxaca; en virtud de lo anterior, inscribase en el libro correspondiente el registro del partido objeto del presente acuerdo, como partido político local, así como la integración de su órgano directivo estatal.

Se requiere al partido político local Partido de la Revolución Democrática
Oaxaca para que una vez que el órgano estatutario facultado apruebe la reglamentación e integración que derive de su Estatuto, los remita a este Instituto.

Se notificará la resolución a la Dirección Ejecutiva de Partidos Políticos, Prerrogativas y Candidatos Independientes del Instituto, para que realice la propuesta de distribución del financiamiento público local que se otorgará a los partidos políticos acreditados y con registro para el sostenimiento de sus actividades ordinarias y especificas en la parte proporcional del ejercicio fiscal de dos mil veinticinco, a partir del mes de febrero.

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