Karla Esteva/El Piñero
Ciudadanos explotan al ver que los elementos de la policía Vial Estatal de Tuxtepec multaron esta tarde a un ciudadano que estaba estacionado en el área de personas discapacitadas en el estacionamiento de Multiplaza, muchos comentan que no pueden proceder ya que es “una propiedad privada” ante esta situación ellos muestran el reglamento de tránsito, y dan a conocer que si se puede proceder en gasolineras, estacionamientos, tiendas departamentales, etcétera.
Artículo 94. Son agravantes de la infracción a esta Ley:
I. La reincidencia del infractor.
II. Cuando el infractor se encuentre en estado de ebriedad o bajo el influjo de estupefacientes, psicotrópicos, drogas enervantes u otras sustancias tóxicas.
III. Cuando el conductor se retire del lugar de los hechos.
IV. Estacionarse en las zonas reservadas para personas con discapacidad, y no se tenga la autorización respectiva.
V. Las que se señalen en el Reglamento y demás disposiciones aplicables.
Tratándose de estas infracciones se podrán aplicar conjuntamente dos o más sanciones señaladas en esta Ley.