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Se cae acusación de Fiscalía, absuelven a tres acusados del asesinato de pareja y bebé, en Pinotepa Nacional, Oaxaca

El Piñero

 

Francisco Vásquez

 

Oaxaca, México.- Nuevamente la Fiscalía General del Estado se vió imposibilitada para sostener con elementos de prueba suficientes una acusación ante la autoridad judicial, por lo que ésta semana fueron absueltas tres personas acusadas de asesinar a una pareja y a su bebé en el municipio de Santiago Pinotepa Nacional, el pasado 29 de enero de 2016.

 

Este lunes, al concluirse una larga audiencia de debate en el Juzgado de Miahuatlán de Porfirio Díaz, el tribunal determinó dictar una sentencia absolutoria a favor de Juan Antonio L.L., Arturo A.V. y Oscar Silver O.L., debido a que el agente del Ministerio Público no aportó los elementos de prueba necesarios.

 

Además los que obraban en el expediente no favorecieron a la representación social, entre ellos un testigo que afirmó fue torturado por elementos de la Agencia Estatal de Investigaciones (AEI).

 

Los hechos ocurrieron durante la noche del 29 de enero de 2016 afuera de un establecimiento con razón social Vigs, ubicado sobre el boulevard de Pinotepa Nacional, ahí los tres implicados que se desplazaban a bordo de una unidad de motor asesinaron a balazos a Juan Alberto P.R., su esposa Alva Isabel de 17 años y su menor hijo Marco Miguel, un hecho que se hizo viral a través de las redes sociales causando indignación a nivel mundial.

 

El entonces titular de la Fiscalía General del Estado, Héctor Joaquín Carrillo Ruíz ordenó iniciar las investigaciones correspondientes, por lo que el 9 de febrero de ese mismo año, elementos de la Agencia Estatal de Investigaciones (AEI) ejecutaron órdenes de aprehensión en contra de Juan Antonio L.L., Arturo A.V. y Oscar Silver O.L., derivadas de la causa penal 34/2016 como probables responsables del delito de homicidio calificado con premeditación y ventaja en agravio de la pareja y su menor hijo.

 

De acuerdo al expediente a uno de los presuntos responsables Juan Antonio López los elementos aprehensores ya lo investigaban por el delito de narcomenudeo, por lo que en la fecha de su detención fueron asegurados en una vivienda de Santiaguito Etla donde les decomisaron estupefacientes, por lo que fueron puestos a disposición del juez penal de la Villa de Etla donde enfrentan un proceso por narcomenudeo en la causa número 41/2016.

 

En el desarrollo de la audiencia de debate, el agente del Ministerio Público no presentó a su testigo principal que señalaba directamente a los tres presuntos responsables del triple homicidio.

 

Entre los errores, destacan algunas declaraciones contradictorias de los elementos de la AEI ya que argumentaron que desde tiempo atrás investigaban a Juan Antonio L.L., a quien lograron ubicar en el municipio de la Villa de Etla el 29 de enero de 2016, por lo que se defensa señaló que no pudo haber estado al mismmo tiempo en Pinotepa Nacional el día en que ocurrió el triple homicidio.

 

Ante ello, la Fiscalía determinó desistirse de otras pruebas que en nada servirían para sostenere la acusación ante el Juzgado de juicio oral, por lo que los juzgadores dictaron sentencia absolutoria a favor de los tres acusados.

 

Hasta el momento el organismo de procuración de justicia no ha emitido algún comunicado al respecto ni ha informado sobre si apelará la resolución de los jueces que absolvieron a los acusados.

 

Aunque permanecen privados de su libertad ya que enfrentan un proceso penal de narcomenudeo, por diversos beneficios que otorga el nuevo sistema de justicia penal podrían enfrentar la acusación fuera de la cárcel.

 

Cabe señalar que existen averiguaciones previas por tortura en contra de siete funcionarios públicos entre elementos policiacos y del Ministerio Público las cuales están registradas con los números 246/FEMCCO-SA/2017 y 458/FEMCCO-SA/2017.

 

Asi también el testigo que fue víctima de abusos por parte de estos funcionarios públicos cuenta con medidas cautelares que le otorgó la Defensoría de los Derechos Humanos de los Pueblos de Oaxaca al presentar la queja DDHPO/531/01/2017.

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