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Senador que busca Gobernar Oaxaca, propone 50 a 100 días multa y cárcel de 6 meses a 3 años a quien deslegitime consulta o Revocación de Mandato.

El Piñero

Jaime GUERRERO | El Piñero

El Senador de la República del Partido Movimiento de Regeneración Nacional (Morena) Salomón Jara Cruz, propuso presentó una iniciativa de reforma a la Ley Federal de Consulta Popular, de Revocación de Mandato y a la Ley General en Materia de Delitos Electorales para imponer de 50 a 100 días multa y prisión de 6 meses a 3 años a quien deslegitime los procesos de consulta o #RevocacionDeMandato.

En su iniciativa, el también aspirante a Gobernar Oaxaca, propone reformar el articulo 41 de la Ley Federal de Consulta Popular, para evitar la contratación de propaganda en televisión, radio y redes sociales para influir o desmitificar la consulta popular.

“Articulo 41. …Ninguna otra persona física o mora!, sea a título propio o por cuenta de terceros, podrá contratar propaganda en radio, televisión y/o redes sociales dirigida a influir en la opinión de los ciudadanos sobre la consulta popular; a deslegitimar la consulta popular como mecanismo constitucional de participación democrática o para buscar inhibir y desincentivar el ejercicio del derecho y la obligación de las ciudadanas y ciudadanos a participar y votar en la consulta popular. El Instituto ordenará la cancelación de cualquier propaganda en este sentido e iniciará el proceso de sanción que corresponda”.

Mediante la iniciativa de reforma al articulo 33 de la Ley Federal de Revocación de Mandato Popular, plantea que ninguna otra persona física o moral, sea a título propio o por cuenta de terceres, podrá contratar propaganda en radio, televisión, redes sociales y/o cualquier otro medio de comunicación dirigida a influir en la opinión de los ciudadanos sobre la revocación de mandato; a deslegitimar el proceso de revocación de mandato como mecanismo constitucional de participación democrática o para buscar inhibir y desincentivar el ejercicio del derecho y la obligación de las ciudadanas y ciudadanos a participar y votar en el proceso de revocación de mandato.

El Instituto ordenará la cancelación de cualquier propaganda en este sentido e iniciará el proceso de sanción que corresponda.

Mientras que en la iniciativa de reforma al artículo 19 bis a la Ley General en materia de Delitos Electorales, se establece que se impondrá de cincuenta a cien días multa y prisión de seis meses a tres años, a quien, a título propio o por cuenta de terceres, contrate propaganda en radio, televisión, redes sociales y/o cualquier otro medio de comunicación dirigida a deslegitimar los procesos de consulta popular o revocación de mandato como mecanismos constitucionales de participación democrática.

Lo mismos para buscar inhibir y desincentivar el ejercicio del derecho y la obligación de las ciudadanas y ciudadanos a participar y votar en la consulta popular y/o la revocación de mandato.

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