Jaime GUERRERO
La presidenta Claudia Sheinbaum descartó que la reciente reforma a la Ley de Amparo, aprobada de madrugada en la Cámara de Diputados, implique aplicación retroactiva de sus disposiciones.
En su conferencia matutina, la mandataria aseguró que el artículo transitorio se basa en la jurisprudencia de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) para determinar la aplicabilidad de las nuevas reglas.
“No (significa retroactividad), repito, en el transitorio queda redactado la jurisprudencia de la Suprema Corte de Justicia en la Nación”, reiteró Sheinbaum.
Explicó que la redacción es “prácticamente la misma propuesta que presentó aquí el Ministro Arturo Saldívar”, y detalló que sigue la doctrina de la antigua Corte sobre leyes procesales:
las etapas concluidas de un juicio se rigen por la norma vigente al inicio, mientras que las posteriores aplican las nuevas disposiciones, sin afectar derechos adquiridos.
La reforma surgió de una reserva presentada por el diputado de Morena, Hugo Eric Flores, que modificó el artículo tercero transitorio.
Este establece: “Al tratarse de una ley procesal, las etapas procesales concluidas que generan derechos adquiridos a las partes, se regirán por las disposiciones legales vigentes al inicio de los procesos respectivos. Por lo que hace a las actuaciones procesales posteriores a la entrada en vigor del presente Decreto, de conformidad con la doctrina y la jurisprudencia de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, se regirán por las disposiciones de este Decreto, sin que implique aplicación retroactiva ni afectación a derechos adquiridos, pues se trata de actuaciones futuras”.
El debate en San Lázaro duró casi 16 horas y concluyó con 322 votos a favor, 128 en contra de la oposición y tres abstenciones.
Durante la discusión, se consideró ajustar la suspensión en permisos y concesiones, pero se mantuvo la disposición actual con una modificación clave.
Y es que el Pleno aprobó una reserva de los coordinadores Ricardo Monreal (Morena) y Ricardo Mejía (PT), que altera el artículo 129 para permitir la suspensión provisional en casos de revocación o caducidad de concesiones, autorizaciones y permisos.
“Sí puede haber suspensión provisional, hicieron esa modificación y estuvieron en contacto con la Consejería Jurídica, por lo que me informaron hoy, y garantiza el derecho de amparo en estos casos, que creo que es importante”, señaló Sheinbaum.
Agregó que la iniciativa pasará ahora a la Cámara de Senadores para su revisión y eventual aprobación, donde se espera un debate con los legisladores de esa cámara.
La reforma ha generado polémica por su impacto en procedimientos judiciales y el equilibrio entre eficiencia procesal y derechos de los amparados, aunque el Ejecutivo federal insiste en que respeta la jurisprudencia constitucional.