Connect with us

TEEO deja firme reelección de Juan Carlos García a presidente Municipal de Santa Lucia del Camino, desecha impugnación del PUP

Monika

Jaime GUERRERO | EL PIÑERO

La impugnación del Partido Unidad Popular (PUP) fue fallida. Por unanimidad del pleno, el Tribunal Electoral del Estado de Oaxaca (TEEO), quedó firme el registro de la candidatura propietaria a primer concejal propietario de Juan Carlos García Márquez como candidato propietario a la primera concejalía para el Ayuntamiento de Santa Lucía del Camino, postulado en candidatura común por los partidos políticos Morena, Verde Ecologista de México y Fuerza por México Oaxaca.

El recurso de apelación fue promovido por el Partido Unidad Popular en contra del acuerdo emitido por el Consejo General del Instituto Estatal Electoral y de Participación Ciudadana de Oaxaca (IEEPCO), por el que se aprobó el registro de García Márquez como candidato propietario a la primera concejalía para de Santa Lucía del Camino.

El PUP, argumentó al optar por separarse del cargo -García Marquez-, aun cuando no estaba obligado a ello al ser postulado bajo la figura de reelección, debió observar las disposiciones que la norma establece respecto de la separación del cargo de las personas servidoras públicas popularmente electas, es decir, hacerlo con 70 días naturales de anticipación a la fecha de la elección.

No obstante, el pleno del TEEO, determinó como ineficaz el recurso presentado por el partido unidad popular, ya que partió de una interpretación equivocada, pues la propia norma deja a la potestad de las candidaturas postuladas en vía de reelección el separarse de cargo.

“Por lo tanto, realizar la interpretación de la norma que propone el partido actor (PUP) conllevaría a limitar los derechos político-electorales de la candidatura bajo una obligación que no está expresamente establecida en la ley”, plasma la ponencia aprobada.

El TEEO, argumentó que la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), ha sostenido que las restricciones para el ejercicio del derecho al voto deben interpretarse de forma limitativa, y para su aplicación deben cumplir con el principio de legalidad.

Es decir, deben estar expresamente previstas en una ley y cumplir con el requisito de proporcionalidad, por lo que el derecho de la ciudadanía a ser votada debe apreciarse desde la dimensión de su protección y no su restricción.

Por ello, el TEEO confirmó el acuerdo del IEEPCO en el que aprobó la candidatura de García Marquez, para reelegirse en el cargo.

Comentarios

Comentarios

Comentarios

Entradas Relacionadas

General

Fallido “rescate armado” dejó dos muertos en Ocotlán, Oaxaca: Fiscalía revela minuto a minuto el ataque que acabó con la vida de la joven modelo Vanessa

➡️ En la Comandancia de Santa Catarina Minas, las autoridades certificaban médicamente a un detenido que afirmó llamarse “J.L.P., originario de Ocotlán”. El sistema no encontró CURP.Treinta minutos después, P.L.C. y Vanessa A. llegaron preguntando por él… Redacción El Piñero Oaxaca, México.– Un operativo de rescate fallido, un detenido que

Leer más »
General

Comunidad de la Universidad Intercultural de Chiltepec marcha al Zócalo; exigen cuentas a Directiva y reconocimiento oficial

Redacción | El Piñero La movilización de estudiantes y docentes de la Universidad Intercultural del Pueblo (UIP) sede Chiltepec, continúa este viernes, luego de que desde las 9:00 de la mañana bloquearan la Fuente de las Ocho Regiones para denunciar presuntas irregularidades en el manejo de recursos y la ausencia

Leer más »
General

Diputado del PRI propone iniciativa para que víctimas de delitos o accidentes no paguen arrastre ni corralón en Oaxaca

Jaime GUERRERO El diputado local del PRI, Javier Casique Zárate, presentó una iniciativa con proyecto de decreto para reformar la Ley de Víctimas del Estado de Oaxaca y evitar que las víctimas de robo de vehículos, aseguramientos indebidos o accidentes de tránsito sigan pagando los costos de arrastre, salvamento y

Leer más »