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Tribunal Electoral de Oaxaca elimina requisito de copia de credencial para revocación de mandato de Gobernador

Staff El Piñero

Jaime GUERRERO

El Tribunal Electoral del Estado de Oaxaca (TEEO) ordenó la modificación de los artículos 25, 26 y 27 de los lineamientos emitidos por el Instituto Estatal Electoral y de Participación Ciudadana de Oaxaca (IEEPCO), eliminando la obligación de presentar copia del anverso y reverso de la credencial para votar como requisito para respaldar la solicitud de revocación de mandato de la persona titular de la Gubernatura del Estado para el periodo 2022-2028.

A través del Recurso de Apelación identificado con la clave RA/23/2025, promovido por el partido Movimiento de Regeneración Nacional (MORENA) y al que se acumularon los expedientes RA/24/2025 y RA/25/2025, interpuestos por Movimiento Ciudadano (MC) y Acción Nacional (PAN), el TEEO resolvió que el IEEPCO excedió sus facultades al imponer una carga no prevista en la legislación federal ni en la Ley Estatal de Revocación de Mandato. Según el Tribunal, esta exigencia obstaculiza el derecho de participación ciudadana al establecer un requisito sin sustento legal.
El Pleno del TEEO determinó que los artículos 25 y 27, inciso e), de los lineamientos aprobados mediante los acuerdos IEEPCO-CG-23/2025 e IEEPCO-CG-24/2025, vulneran los derechos políticos de la ciudadanía al condicionar el apoyo ciudadano a la entrega de copias de la credencial de elector. En consecuencia, ordenó suprimir dichas disposiciones y exigió al IEEPCO dar publicidad a esta resolución para conocimiento de la población.
Por otro lado, los agravios presentados por Movimiento Ciudadano y Acción Nacional, que cuestionaban la emisión de los acuerdos por considerarlos extemporáneos bajo el artículo 105, fracción II, de la Constitución Federal, fueron declarados infundados. El TEEO aclaró que dicho artículo aplica únicamente a procesos electorales ordinarios y no a mecanismos de participación ciudadana como la revocación de mandato, por lo que los acuerdos no contravienen los principios de certeza, legalidad e igualdad.
La resolución confirma los acuerdos IEEPCO-CG-23/2025 e IEEPCO-CG-24/2025, salvo en lo relativo a la exigencia de la copia de la credencial, y busca garantizar una participación ciudadana informada y sin barreras en el procedimiento de revocación de mandato en Oaxaca.

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