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Va autorización a Gobernador de Oaxaca para refinanciar deuda pública de 16 mil 792 mdp y contratar 790 mdp más para garantías y costos

El Piñero

Jaime GUERRERO

Luego de una amplia explicación mediática, este miércoles, la LXV Legislatura, autorizará al gobernador del Estado, Salomón Jara Cruz, la contratación de uno o varios financiamientos de nueva deuda pública por un monto de hasta 800 millones de pesos y el refinanciamiento de 16 mil 792 millones de pesos de la  deuda pública que actualmente ostenta el Estado.

En su iniciativa con proyecto de decreto que ya dictaminó la comisión de deuda pública, el mandatario primero pide la autorización del Congreso -de mayoría integrada por los y las diputadas de Morena, PT y PVEM- para la reestructuración de la deuda pública a largo plazo que heredo de las pasadas administraciones de Ulises Ruiz Ortiz, Gabino Cué Monteagudo y Alejandro Murat Hinojosa y que, asciende a 16 mil 408 millones 712 mil 640.96 pesos.

No obstante la actualización es de 16 mil 792 millones, según reportes del secretario de finanzas, Farid Acevedo López.

Asimismo contratar un monto adicional de deuda pública de hasta 503 millones 46 mil 500.44 pesos, con lo cual la deuda subiría a 16 mil 911 millones 768 mil 141.40 pesos.

Una vez autorizado, se procederá a contratar los instrumentos con instituciones financieras mexicanas que ofrezcan las mejores condiciones de mercado cuyo destino será el refinanciamiento y/o reestructura de créditos que forman parte de la deuda pública de largo plazo del Estado.

También se autoriza la contratación de un monto adicional a los previamente autorizados hasta por la cantidad equivalente al 0.15% (cero punto quince por ciento) del monto de los financiamientos que se celebren, en su caso, para cubrir los gastos y costos relacionados con la contratación, es de decir de los 16 mil 911 millones 768 mil 141.40 pesos, podrá contraer una deuda de hasta 290 millones de pesos, según Acevedo López para el pago de despachos cabilderos de la contratación de los instrumentos financieros ante las instituciones bancarias.

Con ello, la deuda pública de Oaxaca, podría subir a más de 17 mil 711 millones de pesos.

De acuerdo a la iniciativa del mandatario, los refinanciamientos y/o reestructuraciones de los “Créditos Cupón Cero”, se sujetarán a las reglas de operación y lineamientos aplicables a cada uno de dichos programas y a los términos de los fideicomisos asociados a los mismos.

Los nuevos financiamientos podrán instrumentarse a través de uno o varios contratos de crédito, hasta por un plazo de 30 (treinta) años, precisando el plazo máximo en días y fecha específica para su vencimiento, contados a partir de la fecha de suscripción de los contratos, o bien, a partir de la primera disposición de los recursos de cada contrato de crédito, o en caso de reestructura.

El plazo será contado apartir de la fecha de su celebración o de su fecha de inicio de vigencia, según sea acordado; dichos plazos serán los que se establezcan en el o los contratos que al efecto se celebren.

De llevarse a cabo la reestructura de los créditos, ésta podrá celebrarse a través de los convenios o instrumentos jurídicos correspondientes mediante los cuales podrá pactarse, sujetándose a las disposiciones legales aplicables, de forma enunciativa más no limitativa, modificaciones a: (i) plazos; (ii) comisiones; (iii) tasas de interés; (iv) fondos de reserva; (v) mecanismos de pago, tales como fideicomisos de administración y fuente de pago; (vi) esquema de amortización y (vii) cualquier otra característica, obligación de hacer o de no hacer, término o condición originalmente pactada.

Se autoriza la afectación de los derechos y recursos provenientes de las participaciones que en ingresos federales corresponden al Fondo General de Participaciones, excluyendo aquellas participaciones federales recibidas por el Estado, a través de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, para ser transferidas a los municipios del Estado conforme a las disposiciones de la Ley de Coordinación Fiscal y en su caso de cualquier otra ley federal o estatal e incluyendo aquellos fondos que en el futuro sustituyan, modifiquen o complementen al Fondo General de Participaciones (“FGP”) por un porcentaje de 35.34%.

El Ejecutivo del Estado o de la Secretaría de Finanzas, deberá inscribir los instrumentos jurídicos de los financiamientos contratados, en el Registro Estatal de Financiamientos y Obligaciones de Oaxaca yen el Registro Público Único de Financiamientos y Obligaciones de Entidades Federativas y Municipios, acreditando la autorización del Congreso del Estado.

Una vez efectuado el registro y a más tardar dentro de los 10 (diez) dias posteriores a la inscripción en el Registro Público Único de Financiamientos y Obligaciones de Entidades Federativas y Municipios, a cargo de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, el Gobierno del Estado deberá publicar dichos instrumentos en la página de internet oficial.

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