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Indígenas de Oaxaca podrán postular candidaturas independientes, resuelve TEPJF y ordena a diputados legislar

El Piñero

Jaime GUERRERO  |El Piñero

Por unanimidad de votos, la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) confirmó el acuerdo del Instituto Estatal Electoral y de Participación Ciudadana de Oaxaca (IEEPCO) para que pueblos y comunidades indígenas y afromexicanas de la entidad, postulen candidaturas independientes en el Proceso Electoral Ordinario 2020-2021.

Al resolver el expediente SUP-REC-53/2021 y acumulados, la Sala Superior del TEPJF también ordenó hoy dar vista al Congreso de Oaxaca para que lleve a cabo las modificaciones legales, a fin de reglamentar en la legislación electoral local el derecho a la postulación de candidaturas independientes por parte de los pueblos y comunidades indígenas y afromexicanas, y que su aplicación se realice en el siguiente proceso electoral local ordinario 2023-2024.

En sesión pública no presencial, bajo el formato de videoconferencia, este órgano jurisdiccional revocó las sentencias emitidas por Sala Regional Xalapa del TEPJF y por el Tribunal Electoral del Estado de Oaxaca.

Las magistradas y magistrados de la Sala Superior consideraron que la Sala Regional, de manera indebida, confirmó la decisión del Tribunal Electoral local de estimar inconstitucional el apartado de los Lineamientos aprobados por el IEEPCO, pues esto impidió –a pueblos y comunidades- el ejercicio de un derecho, y no les dio la posibilidad de decidir sobre la realización o no de una asamblea para postular candidaturas independientes.

Fue el pasado 10 de noviembre de 2020, cuando el IEEPCO aprobó los Lineamientos para que una persona pueda obtener su registro a una candidatura independiente indígena.

Se estableció que, para obtener el registro, la postulación debe emanar de la asamblea general de su comunidad.

No obstante, por impugnaciones el Tribunal Electoral de Oaxaca, resolvió que los Lineamientos no fueron consultados de manera previa con los pueblos y comunidades indígenas y afromexicanas, y esto podría afectar sus derechos e intereses, por lo que revocó el acuerdo del IEEPCO.

Posteriormente, la Sala Regional Xalapa, confirmó la resolución del Tribunal de Oaxaca y tras una nueva impugnación, las y los magistrados de la Sala Superior consideraron que con la decisión de la Sala Regional se anularía un derecho fundamental al asumir la consulta como un requisito y no como otro derecho fundamental, y se partió de la premisa de que todas las normas que hablen sobre comunidades indígenas deben ser consultadas.

En consecuancia, la Sala Superior revocó las sentencias emitidas por Sala Regional Xalapa y por el Tribunal Electoral del Estado de Oaxaca y confirmó el acuerdo del IEEPCO. Además, vinculó al Consejo General del mismo, para que de manera inmediata expida una convocatoria dirigida a los pueblos y comunidades indígenas y afromexicanas para la postulación de sus candidaturas independientes. Esta convocatoria hará énfasis en que se deberá cumplir con las medidas preventivas sanitarias por el COVID-19.

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